Días de descanso semanal, fiestas y otros permisos

Como bien sabe, las fiestas laborales han de ser retribuidas. En ningún momento pueden ser más de catorce al año, pero, como mínimo, esta cifra debe cumplirse. Habitualmente, es la empresa quien decide cómo repartirlas a lo largo del año. Si bien es cierto que los días de Navidad, Año Nuevo, el 1 de Mayo y el 12 de Octubre son fiestas nacionales obligatorias en España, y todo el mundo debe tener derecho a ellas. El resto de días coincidirán con dos fiestas locales, y el resto, a elección de empleado y empleador.

Y, aparte de las vacaciones retribuidas, cada trabajador tiene derecho a un descanso mínimo semanal, que, como regla general, se otorga para la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo. ¿Cuáles son los demás días libres a los que tiene derecho?¿Un trabajador puede ausentarse del trabajo cuando quiera? Esto ocurrirá sólo en algunos supuestos muy concretos, y siempre previo aviso y aportando una justificación. ¿De qué situaciones estamos hablando?

  • En caso de matrimonio, se tiene derecho a 15 días libres.
  • Por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, se tiene derecho a dos días libres.
  • Por traslado del domicilio habitual, se otorga un día libre.
  • Para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, o realizar funciones sindicales, se otorga todo el tiempo que resulte indispensable.
  • Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deben realizarse dentro de la jornada de trabajo, también se otorgará el tiempo indispensable necesario.

¿Le parece que en su empresa no se están respetando sus días libres? No se preocupe, esto tiene fácil solución. Nuestro despacho de Madrid cuenta con los mejores abogados especializados en derechos del trabajador, que se ocuparán de su caso interponiendo las oportunas medidas legales para que se respeten sus derechos.